Municipios con riesgo químico

El Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, determina, para los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran en dicho texto, debido al riesgo intrínseco existente, la obligación de los órganos competentes de las Comunidades Autónomas para los establecimientos de nivel superior,en colaboración con los industriales, de elaborar un Plan de Emergencia Exterior, para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los posibles accidentes graves previamente analizados, clasificados y evaluados.

Es en cada Plan de Emergencia Exterior donde se determinan los municipios afectados por el riesgo químico derivado del establecimiento de nivel superior al que se refiere, y la consiguiente obligación para los respectivos Ayuntamientos de elaborar un Plan de Actuación Municipal (PAM) frente al citado riesgo.

Se incluye, en el área de descarga, la relación de establecimientos de nivel superior con riesgo químico ubicados en cada una de las provincias de Castilla-La Mancha y la relación de municipios afectados por cada uno de ellos.

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