Plan Especial de Protección Civil por Riesgo Sísmico de Castilla-La Mancha (SISMICAM)
La Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, dispone en su apartado 6 que el riesgo sísmico será objeto de Planes Especiales en los ámbitos territoriales que lo requieran. Se incluye, de esta forma, entre los riesgos susceptibles de originar una situación catastrófica el derivado de los movimientos sísmicos, por la posibilidad de que pueda generar consecuencias desastrosas para las personas y los bienes.
Por su parte, el Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha (PLATECAM), en el marco competencial que el ordenamiento jurídico atribuye a la Comunidad Autónoma, prevé específicamente la necesidad de elaborar un plan autonómico para hacer frente al riesgo procedente de los terremotos, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Se justifica, por tanto, la necesidad de disponer en nuestra Comunidad Autónoma de un Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico, que asegure la intervención eficaz y coordinada de los recursos y medios disponibles, con el fin de limitar las consecuencias que los posibles terremotos puedan producir sobre las personas, los bienes y el medio ambiente.
Por todo lo anterior, en nuestra región se encuentra vigente el Plan Especial por Riesgo Sísmico de Castilla-La Mancha (SISMICAM), cuya última revision ha sido aprobada mediante la Orden 2/2023, de 12 de enero, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se revisan y actualizan diversos planes de protección civil.