Planes de Protección Civil
Filtrar
Cerrar

En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso de ID Logistics Iberia S.A.., en su establecimiento sito en la Avenida Laroña 1-3-5-7, parcela 7 + 8, Sector SI-21, de Cabanillas del Campo (Guadalajara), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas, debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello que se ha publicado la Orden 99/2024, de 11 de junio, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se aprueba el Plan de Emergencia Exterior de la empresa ID Logistics Iberia SA Cabanillas Consumo.
Mediante el PEE LOGISTICS IBERIA CABANILLAS se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.


En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso de “DHL EXEL SUPPLY CHAIN, S.L.U. ”, en su establecimiento de Quer (Guadalajara), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas, debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello, que mediante la Orden 2/2025, de 8 de enero, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se revisan y actualizan diversos planes de protección civil, se ha aprobado la revisión del Plan de Emergencia Exterior del citado establecimiento.
Mediante el PEE DHL QUER se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.


Los incendios forestales son una de las emergencias más recurrentes en los países mediterráneos durante el período estival, y no sólo suponen unas graves pérdidas ecológicas, sociales y económicas, sino que además ponen en peligro vidas humanas, causando una generalizada alarma social.
Esta situación ha supuesto que en los últimos años se haya producido un importante esfuerzo por parte de las Administraciones Públicas para implementar un adecuado dispositivo de extinción basado en la modernización de los medios y técnicas empleados en la lucha contra el fuego y, de forma muy significativa, en la profesionalización del personal que interviene en la extinción.
En este contexto, el Plan Especial de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha, aprobado por la Orden 187/2017, de 20 de octubre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, establece la estructura organizativa y procedimientos de coordinación y dirección para proceder a la extinción del incendio forestal, protección de las personas, y bienes de naturaleza no forestal que pudieran verse afectados como consecuencia del incendio.
Ambas perspectivas han de abordarse desde una óptica integradora basada en la coordinación de las actuaciones que han de dar respuesta a la emergencia. La integración ordenada de estas cuestiones da lugar a un sistema estructurado y eficaz.
Por otra parte, el plan de emergencias hace referencia no sólo a las labores de extinción y a la coordinación en la misma. También se hace visible la necesidad de una prevención constante, mediante técnicas de vigilancia y disuasión durante el periodo estival, mediante el control del combustible durante el invierno.


En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso del Almacenamiento Subterráneo de Gas de Yela, sito en el término municipal de Brihuega (Guadalajara), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas, debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello que se ha publicado la Orden 2/2025, de 8 de enero, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se revisan y actualizan diversos planes de protección civil, que aprueba, entre otras, la revisión del Plan Especial de Emergencia Exterior del Almacenamiento Subterráneo de Gas Yela.
Mediante el PEE A.S. YELA se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los recursos humanos, los medios materiales y la adopción de las medidas de protección más adecuadas en un lapso de tiempo muy breve.


La Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, dispone en su apartado 6 que el riesgo sísmico será objeto de Planes Especiales en los ámbitos territoriales que lo requieran. Se incluye, de esta forma, entre los riesgos susceptibles de originar una situación catastrófica el derivado de los movimientos sísmicos, por la posibilidad de que pueda generar consecuencias desastrosas para las personas y los bienes.
Por su parte, el Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha (PLATECAM), en el marco competencial que el ordenamiento jurídico atribuye a la Comunidad Autónoma, prevé específicamente la necesidad de elaborar un plan autonómico para hacer frente al riesgo procedente de los terremotos, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Se justifica, por tanto, la necesidad de disponer en nuestra Comunidad Autónoma de un Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico, que asegure la intervención eficaz y coordinada de los recursos y medios disponibles, con el fin de limitar las consecuencias que los posibles terremotos puedan producir sobre las personas, los bienes y el medio ambiente.
Por todo lo anterior, en nuestra región se encuentra vigente el Plan Especial por Riesgo Sísmico de Castilla-La Mancha (SISMICAM), cuya última revision ha sido aprobada mediante la Orden 2/2023, de 12 de enero, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se revisan y actualizan diversos planes de protección civil.


En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso del centro de Trade Corporation International, S.A. y Ascenza Productos para la Agricultura, S.A.U., sito en Chinchilla de Montearagón (Albacete), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas, debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello que se ha publicado la Orden 76/2022, de 19 de abril, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueba la revisión del Plan Especial de Emergencia Exterior de Trade Corporation International, S.A. y Ascenza Productos para la Agricultura, S.A.U.
Mediante el PEE TRADECORP/ASCENZA se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.


En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso de la instalación de Exolum Corporation, S.A., sita en Almodóvar del Campo (Ciudad Real), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas, debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello que se ha publicado la Orden 2/2024, de 16 de enero, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se revisan determinados planes de emergencia exterior, que aprueba, entre otros, la revisión del Plan Especial de Emergencia Exterior de Exolum Corporation, S.A., relativo a su centro de Almodóvar del Campo.
Mediante el PEE EXOLUM ALMODOVAR se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.


En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso de la Central Termosolar Manchasol (plantas termosolares Manchasol 1 y 2), sita en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas, debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello, que se ha publicado la Orden 199/2021, de 29 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, que aprueba, entre otras, la revisión del Plan de Emergencia Exterior de la Central Termosolar Manchasol.
Mediante el PEE MANCHASOL se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.


En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso de la Planta Termosolar de Puertollano (Ciudad Real), perteneciente a Termollano Midco, S.A., están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello, que se ha publicado la Orden 2/2025, de 8 de enero, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se revisan y actualizan diversos planes de protección civil, entre ellos el del establecimiento anteriormente citado.
Mediante el PEE TERMOLLANO se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.


En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso de “Carburos Metálicos, S. A.” en su establecimiento de Valdepeñas (Ciudad Real), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas, debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello, que se ha publicado la Orden 2/2025, de 8 de enero, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se revisan y actualizan diversos planes de protección civil, entre los que se encuentra el de Carburos Metálicos, S.A.
Mediante el PEE CARBUROS METÁLICOS se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.


En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso de las Plantas Termosolares Helios I y II, sitas en Arenas de San Juan (Ciudad Real), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello, que se ha publicado la Orden 2/2025, de 8 de enero, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se revisan y actualizan diversos planes de protección civil, entre ellos, el de los citados establecimientos.
Mediante el PEE HELIOS se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.

En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso las Plantas Termosolares Aste 1-A y 1-B, sitas en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello, que se ha publicado la Orden 2/2025, de 8 de enero, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se revisan y actualizan diversos planes de protección civil, entre ellos, el de los establecimientos citados (PEE ASTE).
Mediante el PEE ASTE se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.
Paginación