Datos de carácter personal
La propia dinámica de la atención que se presta en el Servicio 1-1-2, donde se prioriza la recopilación de los datos y la activación de los grupos de actuación para poder resolver la urgencia o emergencia que se nos plantea lo antes posible, nos impide informar sobre el proceso de registro de los datos de carácter personal que se recogen para hacer posible la resolución de la emergencia.
Sin embargo, los ciudadanos que llaman al 1-1-2 deben saber que sus datos de carácter personal se encuentran perfectamente salvaguardados. De hecho, todos aquellos que lo deseen pueden ejercer los derechos de acceso, rectivación, cancelación y oposición:
- Derecho de Acceso. Tiene derecho a ser informado si sus datos de carácter personal están siendo tratados en el Servicio 1-1-2 de Castilla-La Mancha, así como la finalidad del tratamiento que se está realizando. También tiene derecho a conocer la información disponible sobre el origen de sus datos y las comunicaciones realizadas o que se tenga previsto realizar al respecto de los mismos.
- Derecho de Rectificación o Cancelación. Si considera que los datos personales que posee el Servicio de Emergencias son inexactos, incompletos, inadecuados o excesivos, usted tiene derecho a:
- Exigir que se modifiquen y se registren lo que corresponda: RECTIFICACIÓN
- Exigir que se CANCELEN y eliminen definitivamente del fichero
- Derecho de Oposición. El ciudadano tiene derecho a exigir que el Servicio 1-1-2 no realice tratamiento de sus datos de carácter personal, siempre y cuando demuestre que:
- No haya dado su consentimiento en las condiciones que establece el artículo 7 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, salvo en los casos que dicha Ley sí lo permita.
- El tratamiento de sus datos se hiciera con finalidades de publicidad o prospección comercial.
- El tratamiento de los datos tenga por finalidad adoptar decisiones referidas al afectado y basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos de carácter personal.
Los plazos de contestación por parte del Servicio de Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha ante el ejercicio de sus derechos serán, en el caso del acceso, un mes máximo desde la recepción del escrito del solicitante. En cuanto a los derechos de rectificación, cancelación u oposición, el plazo máximo será de 10 días, desde la recepción del mencionado escrito.
Legitimación
El Decreto 27/2015, de 14/05/2015, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha, otorga a éste la prestación en el ámbito regional del Servicio de Teléfono Único Europeo de Urgencias 1-1-2, en cumplimiento de la atribución dada a las Comunidades Autónomas por el Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, por el que se regula el acceso, mediante redes de telecomunicaciones, al servicio de atención de llamadas de urgencia, que, a su vez, deriva de la Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas 91/396/CEE, relativa a la creación de un número de llamada de urgencia único europeo.
Como usuario del Servicio debe saber que, en cumplimiento de esta misión, es necesario proceder al tratamiento de datos de carácter personal con el objeto de resolver situaciones de emergencia. La inexcusable obligación de tramitar las llamadas de auxilio con la mayor celeridad posible impide que durante la llamada realizada al 1-1-2 usted sea informado de los tratamientos que sus datos personales. Por ello, le presentamos a continuación la información fundamental sobre los tratamientos de datos de carácter personal que el Servicio 1-1-2 de Castilla-La Mancha gestiona.
Tratamientos
Incidencias 112
Nombre del tratamiento: Incidencias 112
Responsable: Dirección General de Protección Ciudadana
Finalidad: Disponer de bases de datos que permitan la correcta atención y clasificación de las llamadas, la asignación del recurso adecuado y realizar el seguimiento de los recursos intervinientes y las actuaciones en cada incidente
Legitimación: Cumplimiento de una obligación legal
Detalle de la base jurídica:
- Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas 91/396/CEE relativa a la creación de un número de llamada de urgencia único europeo [disposición derogada]
- Real Decreto 903/1997 de 16 de junio, por el que se regula el acceso, mediante redes de telecomunicaciones, al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número telefónico 112
- Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones
- Decreto 27/2015, de 14/05/2015, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio de Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha
Tipos de datos: Datos identificativos de la persona que llama y/o de la persona afectada; número de teléfono; dirección del titular de la línea telefónica; localización de la persona que llama; características personales; datos de salud; circunstancias sociales y económicas; datos relativos a infracciones
Encargado del tratamiento: Existen encargados del tratamiento autorizados
Cesión de datos: Servicios de Emergencia con los que existen convenios o protocolos de comunicación y coordinación firmados. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que requieran información necesaria para la prevención de un peligro real para la seguridad pública o para la represión de infracciones penales. Jueces y Tribunales
Aplicaciones Informáticas: SENECA de la empresa Telefónica
Plazo de conservación: Se conservan durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación
Medidas de seguridad: De acuerdo al Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica
Información adicional: Disponible en la dirección electrónica: https://rat.castillalamancha.es/info/0226
Registro de voz
Nombre del tratamiento: Registro de voz
Responsable: Dirección General de Protección Ciudadana
Finalidad: Disponer de grabaciones de todas las conversaciones telefónicas y de radio atendidas en la sala de coordinación para la gestión de las emergencias comunicadas y para la evidencia de las actuaciones llevadas a cabo y del servicio prestado
Legitimación: Cumplimiento de una obligación legal
Detalle de la base jurídica:
- Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas 91/396/CEE relativa a la creación de un número de llamada de urgencia único europeo [disposición derogada]
- Real Decreto 903/1997 de 16 de junio, por el que se regula el acceso, mediante redes de telecomunicaciones, al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número telefónico 112
- Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones
- Decreto 27/2015, de 14/05/2015, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio de Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha
Tipos de datos: Datos identificativos de la persona que llama y/o de la persona afectada; número de teléfono; dirección del titular de la línea telefónica; localización de la persona que llama; características personales; datos de salud; circunstancias sociales y económicas; datos relativos a infracciones
Encargado del tratamiento: Existen encargados del tratamiento autorizados
Cesión de datos: Servicios de Emergencia con los que existen convenios o protocolos de comunicación y coordinación firmados. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que requieran información necesaria para la prevención de un peligro real para la seguridad pública o para la represión de infracciones penales. Jueces y Tribunales
Aplicaciones Informáticas: VISIÓN CALIDAD de la empresa Syscom
Plazo de conservación: Se conservan durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación
Medidas de seguridad: De acuerdo al Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica
Información adicional: Disponible en la dirección electrónica: https://rat.castillalamancha.es/info/0225
Ejercicio de Derechos
Para ejercer los derechos que la legislación en vigor le ampara, debe conocer los siguientes aspectos:
- Datos de contacto del Delegado de Protección de datos: Servicio de Protección de datos de la JCCM
- Puede ejercitar sus derechos en el siguiente enlace: Enlace a página web del Servicio de Protección de Datos de la JCCM, en las oficinas de registro de la administración o el teléfono 012
- Tiene derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos